jueves, 11 de abril de 2013


EL DEBIDO PROCESO EN LA FASE DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL

I. Introducción

II. Naturaleza de la reforma de la justicia penal en América Latina

III. Del sistema inquisitivo al sistema inquisitivo a través del acusatorio

IV. El debido proceso en la fase de investigación: el derecho del imputado a una defensa técnica

V. El rol del juez de garantía e la fase de investigación

VI. Conclusión y recomendaciones

Bibliografía

3 comentarios:

  1. Hola Sergio,

    Tengo dos comentario para ti. Pese a que el debido proceso es un derecho fundamental, no me queda claro cuán "derecho humano" se hace en tu tesis, creo que deberías hacer una conexión enfática sobre este punto, porque al fin y al cabo la nuestra no es una maestría penal o constitucional, no crees.

    El otro comentario que tengo es sobre la línea matriz de tu esquema, empiezas dentro de un espacio muy amplio (América Latina), pero no estoy segura si es el mismo espacio en el que te desenvolverás al tratar el tema 4, que creo es el central, sobre el debido proceso en la fase de investigación.

    Saludos,

    Paola

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  2. Saludos Sergio
    Sobre el esquema publicado, observo que es muy general, porque el título "EL DEBIDO PROCESO EN LA FASE DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL", comprende una descripción, pero no indica de que forma afecta a los DDHH o señala el contexto en el que sucede.El capítulo III en todo caso serían considerados "Antecedentes" de tu tema principal
    y el capítulo V, me parece que dado el tema, tenga categoría de capítulo, porque tratará del rol desempeñado por el juez.

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  3. Muchas gracias por su comentarios. Me explico. En el marco de la Maestría trabajos los derechos fundamentales, y uno de ellos, en el proceso penal, es el debido proceso, y particularmente el derecho a a defensa técnica. Inicio de desde un perspectiva general, en la cual identifico que las reformas son de naturaleza económica y no para la promoción de los derechos humanos, y por ende, el sistema procesal está contaminado con dicha visión economisista, lo que hace difícil dentro del modelo procesal, el respeto de los DDHH sobre todo en la fase de investigación policial. Ah, y el derecho humano que trato de forma particular, es el de la defensa, que no siempre se garantiza en la fase de investigación policial.

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